Respuesta a: Preguntas examen PPER

#888104

Andreu Blasco
Participante

Abanderamiento y matriculación (listas 6ª y 7ª).- Usted tiene una embarcación de 10 metros de eslora que hallo abandonada en alta mar, y quiere abanderarla en lista 7ª.La embarcación es del año 1972 y no tiene Marcado CE. ¿Qué paso previo al registro de la embarcación deberá realizar para poder abanderar su embarcación, según el artículo 10 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, que trata sobre Documentación requerida para el abanderamiento de las embarcaciones sin marcado CE? Señala la respuesta correcta

1. El paso previo es un procedimiento de evaluación de la conformidad. Una vez obtenido dicho marcado CE, se podrá solicitar el registro presentando la documentación indicada en el artículo 9 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, que trata de la documentación requerida para embarcaciones con marcado CE.

2. EL paso previo es un procedimiento de inspección inicial. Una vez obtenido el visto bueno de inspección, se podrá solicitar el registro presentando la documentación indicada en el artículo 9 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, que trata de la documentación requerida para embarcaciones con marcado CE.

3. El paso previo es un reconocimiento inicial. Una vez obtenido el visto bueno de inspección, se podrá solicitar el registro presentando la documentación indicada en el artículo 9 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, que trata de la documentación requerida para embarcaciones con marcado CE.

4. El paso previo es solicitar la preinscripción, en el Registro de buques de la Capitanía Marítima.